HORARIO: L-V 08:00 - 18:00 H

Logo rgb

Inspecciones de Seguridad Industrial

Inspecciones iniciales baja tensión

-
Inspecciones

Según ITC-BT-05 Las instalaciones eléctricas en baja tensión, deberán ser inspeccionadas por un Organismo de Control antes de su puesta en servicio en las siguientes instalaciones:

a) Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW;
b) Locales de Pública Concurrencia;
c) Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto garajes de menos de 25 plazas;
d) Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW;
e) Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW;
f)Quirófanos y salas de intervención; g)Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior 5 kW.
h) Instalaciones de las estaciones de recarga para el vehículo eléctrico, que requieran la elaboración de proyecto para su ejecución.
h) Instalaciones de enlace de edificios de viviendas de 20 suministros o más o de más de 100 kW;

Locales sin riesgo específico con PMA > 100 kW

Inspecciones periódicas de baja tensión

Según ITC-BT-05 Las instalaciones eléctricas en baja tensión serán objeto de inspecciones periódicas, cada 5 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada 10 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.

En el supuesto caso, que el titular no disponga de la legalización de la instalación, podrá acogerse al procedimiento que determina el Decret 192/2023 para legalizar su instalación, manteniéndola, si tener que adaptarse a reglamentos posteriores.

Inspecciones periódicas de eficiencia energética en instalaciones térmicas de edificios (RITE)

Según el RD 178/2021 serán inspeccionados periódicamente los sistemas de calefacción, las instalaciones combinadas de calefacción y ventilación, agua caliente sanitaria, los sistemas de aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación que cuenten con generadores de calor o frío de potencia útil nominal mayor que 70 kW. Esta inspección debe realizarse cada 4 años.

La inspección de la instalación térmica completa, que viene obligada por la IT 4.2.3. se hará coincidir con la primera inspección del generador de calor o frío, una vez que la instalación haya superado los quince años de antigüedad. La inspección de la instalación térmica completa se realizará cada quince años

En el supuesto caso, que el titular no disponga de la legalización de la instalación, podrá acogerse al procedimiento que determina el Decret 192/2023 para legalizar su instalación, manteniéndola, si tener que adaptarse a reglamentos posteriores.

Inscripciones en el RITSIC en el canal empresa (OGE)

Todas las instalaciones deben inscribirse en el Registre d’Instal·lacions Tècniques de Seguretat Industrial de Catalunya (RITSIC). 

OCTEC le ofrece tramitaciones de todo tipo de certificados de instalaciones, ya sean de baja tensión, de instalaciones térmicas en edificios, de gas, de instalaciones de protección contra incendios, de alta tensión, etc

Controles de calidad de instalaciones fotovoltaicas

OCTEC ofrece la realización de controles de calidad en instalaciones fotovoltaicas para poder comprobar la eficiencia de su instalación solar y así poder detectar si el rendimiento es el óptimo.

También se revisará la seguridad, ya que tan importante es obtener el máximo rendimiento económico de nuestra instalación, como que esta sea segura.

En dichos controles se revisan todas aquellas partes importantes de nuestra instalación. Como lo son los módulos fotovoltaicos, inversores, el sistema de cableado, los cuadros eléctricos y todos aquellos elementos que forman parte de la instalación.

A su vez se comprueba la estructura de soporte de los módulos, verificando su integridad y el par de apriete de la tornillería.

De ensayos se realizan pruebas de puesta a tierra, disparo de diferenciales, tensiones de contacto, corriente de cortocircuito, resistencia de aislamiento, medidas de tensión e intensidad. Por último, también se realizan termografías de los módulos fotovoltaicos.

Solicitar una oferta

Para poder ofreceros una oferta lo más precisa posible, necesitamos que nos faciliten los datos que aparecen a continuación. Si tienen cualquier duda, pueden contactar directamente con nosotros al:
 

Teléfono
93.130.83.19

E-mail
octec@octec.es

Para poder ofreceros una oferta lo más precisa posible, necesitamos que nos faciliten los datos que aparecen a continuación. Si tienen cualquier duda, pueden contactar directamente con nosotros al:
 

Teléfono
93.130.83.19

E-mail
octec@octec.es

Logo octec


OCTEC Entidad de Inspección y Control SL es un organismo de control acreditado por ENAC con número 558/EI872

Logo enac

© 2026 All Rights Reserved.